Legalización inst. gas

Las instalaciones de gas que requieren un proyecto de legalización son las destinadas a instalaciones con una potencia en el suministro superio a 70kW o en instalaciones comunes cuando su potencia útil sea superior a 3000kW, según el artículo 3 de la ITC-ICG-07 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos.

El servicio de legalización de instalaciones térmicas incluye:

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